Memorandum 035-2025
IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y AL VALOR AGREGADO
REGÍMENES DE PERCEPCIÓN. IMPORTACIÓN. CERTIFICADOS DE EXCLUSIÓN. VIGENCIA
ARCA habilita nuevamente los certificados de exclusión de los regímenes de percepción de los impuestos a las ganancias y al valor agregado aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, mediante la Resolución General (ARCA) 5655 (B.O. 28/02/2025), establece lo siguiente:
-Que por razones de administración tributaria estima oportuno dejar sin efecto la suspensión dispuesta (Resolución General N° 5.339 y sus modificatorias), a partir del 1 de marzo de 2025, motivo por el cual corresponde abrogar la citada norma.
Recordamos que la aplicación de los citados certificados había sido suspendida hasta el 30/06/2025.
Vigencia: 1 de marzo de 2025
Aplicación: para las importaciones definitivas perfeccionadas a partir de dicha fecha.
PROCEDIMIENTO FISCAL
RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE. TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN. INCREMENTO PARA DETERMINADOS CONTRIBUYENTES
ARCA modifica la tasa de interés de financiación del Régimen de Facilidades de pago permanente (RG 5321) para los pequeños contribuyentes; las micro, pequeñas y medianas empresas; y las entidades sin fines de lucro. En tal sentido se establece para los planes que se presenten a partir del 1/3/2025 que la tasa de interés de financiación será equivalente a la totalidad de la tasa de interés resarcitorio a la fecha de consolidación del plan.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, a través de la Resolución General (ARCA) 5656 (B.O. 28/02/2025), modifica los cuadros establecidos en el Anexo de la R.G. 5321, plan de facilidades de pago permanente, de la siguiente manera:
1- Cantidad máxima de planes se fijará en función del tipo de contribuyente y plan de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo: “CONDICIONES DE LOS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO”
2- La tasa de interés de financiación será la consignada en el Anexo: “CONDICIONES DE LOS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO”


Vigencia: 28/02/2025 (día de su publicación en el Boletín Oficial) y resultará de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 1 de marzo de 2025, inclusive.
TASAS DE INTERESES. REDUCCIÓN
El Ministerio de Economía reduce las tasas de interés que aplica la ARCA a partir del 1 de marzo de 2025.
TASAS DE INTERESES. REDUCCIÓN
El Ministerio de Economía reduce las tasas de interés que aplica la ARCA a partir del 1 de marzo de 2025.
El Ministerio de Economía de la Nación, mediante la Resolución (MEN) 199 (B.O. 28/2/2025), establece las siguientes tasas de interés a partir del 1/03/2025:
* Intereses resarcitorios: 4% mensual.
* Intereses punitorios: 5% mensual.
* Intereses por acciones de repetición: 0,75% mensual.
No sufren modificaciones las tasas de interés aplicables a obligaciones expresadas en dólares estadounidenses, o que deban abonarse en base al monto de categorías u otros conceptos similares vigentes a la fecha de su efectivo pago.
Para la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que éstos alcancen.
Vigencia: 1° de marzo de 2025, inclusive