Memorandum 098-2024
PROCEDIMIENTO FISCAL
JUICIOS DE EJECUCIÓN FISCAL Y EMBARGOS. SUSPENSIÓN. PRORROGA
La AFIP extiende, para determinados contribuyentes, el inicio de las ejecuciones fiscales y embargos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General (AFIP) 5532 (B.O. 26/07/2024) la AFIP, establece lo siguiente:
-Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive, la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para el cobro de deudas.
- Esta medida alcanza a los contribuyentes incluidos en los siguientes grupos:
a) Micro, pequeñas y medianas empresas - Tramo I y II - con “Certificado MiPyME” vigente al 24/7/2024 y que cuenten con la caracterización correspondiente en el “Sistema Registral”
b) Pequeños contribuyentes: personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas en el “Sistema Registral” con el código “547"
c)) Entidades sin fines de lucro registradas ante la AFIP al 31/1/2024 bajo alguna forma jurídica.
d) Contribuyentes del sector salud.
-Lo establecido en esta resolución general no obsta al ejercicio de las facultades del Organismo en casos de grave afectación de los intereses del Fisco, caducidad de instancia o prescripción inminente.
Vigencia: 26/07/2024
SEGURIDAD SOCIAL
SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL – NUEVOS VALORES
Se fijan nuevos valores del monto del salario mínimo, vital y móvil (SMVM), para trabajadores mensualizados a jornada completa y jornalizados por hora, para el período julio/octubre 2024.
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, mediante la Resolución (CNEPSMVM) 13/2024 (B.O. 26/07/2024) procede a establecer los valores del salario mínimo, vital y móvil (SMVM), para trabajadores mensualizados, a jornada completa y jornalizados por hora, de acuerdo al siguiente cronograma:
Desde |
Mensual |
Jornalizados por hora |
Julio 2024 |
$254.231,91 |
$1.271,16 |
Agosto 2024 |
$262.432,93 |
$1.312,16 |
Septiembre 2024 |
$268.056,50 |
$1.340,28 |
Octubre 2024 |
$271.571,22 |
$1.357,86 |
Además, se determina que la Prestación por Desempleo para los trabajadores convencionados o no convencionados, será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo.
Asimismo, en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
Vigencia: 26/07/2024
Aplicación: Remuneraciones del mes de julio 2024.