Memorandum 077-2022

02 de Junio

MONOTRIBUTO

 

NUEVO FACTURADOR PARA MONOTRIBUTISTAS DE LAS CATEGORÍAS “A”, “B” O “C” Y MONOTRIBUTISTAS SOCIALES

La Administración Federal de Ingresos Públicos implementa una nueva herramienta de facturación “Facturador” para simplificar la emisión de comprobantes para los pequeños contribuyentes.

TÍTULO A - SUJETOS Y OPERACIONES ALCANZADOS
A través de la Resolución General (AFIP) 5198 (B.O. 31/05/2022) se implementa una nueva herramienta de facturación denominada “Facturador”, a fin de que los responsables adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en las categorías “A”, “B” o “C” puedan emitir de manera simplificada, ágil y dinámica comprobantes electrónicos originales para respaldar las operaciones que realicen en el mercado interno con sujetos que -según las normas del impuesto al valor agregado- reciban el tratamiento de consumidor final.
La posibilidad de utilizar esta herramienta será a partir del 01/06/2022.
Todas las novedades inherentes a esta herramienta serán publicadas en el micrositio institucional “Facturador: emisión de comprobantes”.

TÍTULO B - ACTIVIDADES Y COMPROBANTES ELECTRÓNICOS COMPRENDIDOS
Están comprendidas en lo dispuesto en el mencionado Título A solo las operaciones asociadas y derivadas de las actividades detalladas en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente, que detallamos al final del comentario.  Tal condición no será de aplicación cuando se trate de operaciones realizadas por sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social (monotributista social).
Los tipos de comprobantes electrónicos que se podrán emitir a través del “Facturador” son aquellos que seguidamente se detallan:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

109

TIQUE C

114

TIQUE NOTA DE CRÉDITO C

Estos comprobantes fueron agregados por la Resolución General 5198 al artículo 3 de la Resolución General 4290 y su modificatoria.
En resumen, el nuevo artículo 3º de la RG 4290 y su modificatoria comprenden a los comprobantes que se detallan a continuación:

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

001

FACTURAS A

002

NOTAS DE DÉBITO A

003

NOTAS DE CRÉDITO A

004

RECIBOS A

006

FACTURAS B

007

NOTAS DE DÉBITO B

008

NOTAS DE CRÉDITO B

009

RECIBOS B

011

FACTURAS C

012

NOTAS DE DÉBITO C

013

NOTAS DE CRÉDITO C

015

RECIBOS C

051

FACTURAS M

052

NOTAS DE DÉBITO M

053

NOTAS DE CRÉDITO M

054

RECIBOS M

081

TIQUE FACTURA A (*)

082

TIQUE FACTURA B (*)

083

TIQUE (*)

109

TIQUE C

110

TIQUE NOTA DE CRÉDITO (*)

111

TIQUE FACTURA C (*)

112

TIQUE NOTA DE CRÉDITO A (*)

113

TIQUE NOTA DE CRÉDITO B (*)

114

TIQUE NOTA DE CRÉDITO C

115

TIQUE NOTA DE DÉBITO A (*)

116

TIQUE NOTA DE DÉBITO B (*)

117

TIQUE NOTA DE DÉBITO C (*)

118

TIQUE FACTURA M (*)

119

TIQUE NOTA DE CRÉDITO M (*)

120

TIQUE NOTA DE DÉBITO M (*)

(*) Solo emitidos con Controladores Fiscales.”.
A su vez, se incorpora un último párrafo al artículo 6º de la RG 4291 y sus modificatorias, el cual establece que para emitir comprobantes electrónicos “Tique C” y “Tique Nota de Crédito C” a través del presente régimen especial, deberá utilizarse el servicio con Clave Fiscal denominado “Facturador”.

TÍTULO C - EMISIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS
A los efectos de confeccionar los comprobantes electrónicos se deberá solicitar a la AFIP la autorización de emisión a través del sitio “web” institucional mediante el servicio denominado “Facturador”. A tales fines deberá contarse con Clave Fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 3 como mínimo.
El servicio “Facturador” es una aplicación “web” adaptable a distintos dispositivos. Los requisitos mínimos de “hardware” y “software”, así como los procedimientos asociados para su utilización, podrán ser consultados en el micrositio “Facturador: emisión de comprobantes”.
Los comprobantes electrónicos deberán contener la leyenda “A CONSUMIDOR FINAL” que será consignada automáticamente por el sistema de emisión.
En sustitución de lo previsto en el inciso d.2) del punto II) del apartado A del Anexo II de la Resolución General N° 1.415, sus modificatorias y complementarias, deberá identificarse al adquirente, locatario o prestatario cuando el importe de la operación sea igual o superior al importe reducido de $ 15.795.
No obstante, siempre se identificará al receptor cuando el comprobante, operación y/o actividad se encuentre alcanzada por un régimen particular que así lo requiera.
Recordemos que el inciso d.2) del punto II) del apartado A del Anexo II de la RG 1415 y sus modificatorias establecía que si el importe de la operación era igual o superior a $ 31.590 debía identificarse el apellido y nombres, domicilio, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) o, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI) o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI), del adquirente, locatario o prestatario. El requisito de identificación del adquirente, locatario o prestatario se reducía a un importe igual o superior a $15.795 cuando el pago no se efectuara por algún medio electrónico autorizado (tarjetas de crédito, transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del BCRA).
Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social (monotributista social) no podrán emitir comprobantes a través del “Facturador” cuando el importe de la operación sea mayor al importe reducido de $ 15.795.

TÍTULO D - HABILITACIÓN DE PUNTOS DE VENTA
La AFIP habilitará como punto de emisión de los comprobantes electrónicos previstos en esta resolución general el primero disponible asociado a la opción “Factura en línea - Monotributo” del servicio “Comprobantes en línea”. En caso de que no exista ninguno habilitado, se generará uno asociándolo a la citada opción y al domicilio fiscal declarado.
Para habilitar otros puntos de ventas o, en su caso, modificar o adicionar datos a los que ya estén habilitados, se deberá utilizar el servicio “Administración de Puntos de Venta y Domicilios”, o la opción “Registro Tributario” del servicio “Sistema Registral”.
Cada solicitud de emisión de los comprobantes deberá efectuarse por un punto de venta que será específico y distinto a los utilizados para otros regímenes especiales y/o modalidades de facturación.
Los documentos electrónicos correspondientes a cada punto de venta deberán observar la correlatividad en su numeración, según lo dispone la norma citada precedentemente.

TÍTULO E - AUTORIZACIÓN O RECHAZO DE LA SOLICITUD. GENERACIÓN DEL COMPROBANTE ELECTRÓNICO
La AFIP podrá autorizar o rechazar la solicitud de emisión de comprobantes electrónicos.
En caso de rechazo, se indicará el o los mensajes de error o inconsistencias detectadas.
Los comprobantes electrónicos no tendrán efectos fiscales frente a terceros hasta que la AFIP otorgue el “Código de Autorización Electrónico”, “C.A.E.”.
Con el “C.A.E.” otorgado, se generará el comprobante que contendrá los datos e información ingresada. Se considerará que los comprobantes que se emitan de acuerdo con el procedimiento previsto en la presente resolución general, cumplen con los requisitos dispuestos en el Título II de la Resolución General N° 1.415, sus modificatorias y complementarias.
No obstante lo expuesto en el párrafo precedente, la autorización de emisión de comprobantes prevista en la presente solo considerará sus aspectos formales al momento de otorgamiento del “C.A.E.” y no implicará reconocimiento alguno de la existencia y legitimidad de la operación. Dicha autorización no obsta las facultades de verificación y fiscalización otorgadas a la AFIP por la Ley N° 11.683 y sus modificaciones.

TÍTULO F - OBLIGACIONES DEL EMISOR
El emisor de los comprobantes indicados en el artículo 3° deberá poner a disposición del consumidor final el comprobante respaldatorio de la operación realizada, conforme lo establecido en el artículo 13 de la Resolución General N° 1.415, sus modificatorias y complementarias.
En ningún caso será exigible la impresión del comprobante emitido, siempre que el emisor asegure la puesta a disposición del comprobante al comprador, locatario o prestatario por algún otro medio.

COMPROBANTES QUE RESPALDAN LA OPERACIÓN REALIZADA
El inciso a) del artículo 8º de la Resolución General 1415 y sus modificatorias establecía –hasta su modificación por la RG 5198- los comprobantes que respaldaban la operación realizada, según se detalla a continuación:
1. Facturas.
2. Facturas de exportación.
3. Comprobantes de compra de bienes usados a consumidores finales, emitido por el comprador de dichos bienes.
4. Recibos emitidos por profesionales universitarios y demás prestadores de servicios.
5. Notas de débito y/o crédito.
6. Tiques emitidos mediante la utilización de máquinas registradoras, por los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado (Monotributo) hasta el día 12 de febrero de 1999, inclusive, siempre que dichas máquinas hayan estado habilitadas y utilizadas, por los citados sujetos, con anterioridad a la fecha mencionada.
7. Tiques, facturas, tiques factura, notas de débito y demás documentos fiscales emitidos mediante la utilización del equipamiento electrónico denominado “Controlador Fiscal”, homologado por este organismo, y las notas de crédito emitidas por medio de dicho equipamiento, como documentos no fiscales homologados.
8. Documentos equivalentes a los indicados precedentemente.
Ahora bien, a partir de la modificación dispuesta por la RG 5198, los comprobantes que respaldan la operación realizada son los siguientes:
1. Facturas, tiques y tiques factura.
2. Facturas de exportación.
3. Comprobantes de compra de bienes usados a consumidores finales, emitidos por el comprador de dichos bienes.
4. Recibos emitidos por profesionales universitarios y demás prestadores de servicios.
5. Notas de débito y/o crédito y tiques notas de débito y/o crédito.
6. Documentos equivalentes a los indicados precedentemente.”.
Además, se sustituye el artículo 16 de la RG 1415 y sus modificatorias, por medio de la cual deben estar identificados con la letra “C”, los comprobantes previstos en el artículo 8°, inciso a) -excepto la factura de exportación y los tiques emitidos a través de Controladores Fiscales-, que emitan los responsables que se indican a continuación:
a) Sujetos exentos o no responsables, ante el impuesto al valor agregado.
b) Sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

ANEXO
Listado de actividades según Clasificador de Actividades Económicas (CLAE). Formulario N° 883 - Resolución General N° 3.537-

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

11310

Cultivo de papa, batata y mandioca

11321

Cultivo de tomate

11329

Cultivo de bulbos, brotes, raíces y hortalizas de fruto n.c.p.

11331

Cultivo de hortalizas de hoja y de otras hortalizas frescas

11911

Cultivo de flores

11912

Cultivo de plantas ornamentales

12121

Cultivo de uva de mesa

12200

Cultivo de frutas cítricas

12311

Cultivo de manzana y pera

12319

Cultivo de frutas de pepita n.c.p.

12320

Cultivo de frutas de carozo

12410

Cultivo de frutas tropicales y subtropicales

12420

Cultivo de frutas secas

12490

Cultivo de frutas n.c.p.

12600

Cultivo de frutos oleaginosos

12701

Cultivo de yerba mate

12709

Cultivo de té y otras plantas cuyas hojas se utilizan para preparar infusiones

12800

Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales

103012

Elaboración y envasado de dulces, mermeladas y jaleas

131201

Fabricación de tejidos (telas) planos de lana y sus mezclas, incluye hilanderías y tejedurías integradas

131202

Fabricación de tejidos (telas) planos de algodón y sus mezclas, incluye hilanderías y tejedurías integradas

131209

Fabricación de tejidos (telas) planos de fibras textiles n.c.p., incluye hilanderías y tejedurías integradas

131300

Acabado de productos textiles

139100

Fabricación de tejidos de punto

139201

Fabricación de frazadas, mantas, ponchos, colchas, cobertores, etc.

141140

Confección de prendas deportivas

141191

Fabricación de accesorios de vestir excepto de cuero

141199

Confección de prendas de vestir n.c.p., excepto prendas de piel, cuero y de punto

141201

Fabricación de accesorios de vestir de cuero

141202

Confección de prendas de vestir de cuero

143010

Fabricación de medias

162300

Fabricación de recipientes de madera

162902

Fabricación de artículos de madera en tornerías

162909

Fabricación de productos de madera n.c.p, fabricación de artículos de paja y materiales trenzables

170910

Fabricación de artículos de papel y cartón de uso doméstico e higiénico sanitario

202320

Fabricación de cosméticos, perfumes y productos de higiene y tocador

221120

Recauchutado y renovación de cubiertas

231090

Fabricación de productos de vidrio n.c.p.

239310

Fabricación de artículos sanitarios de cerámica

259993

Fabricación de productos metálicos de tornería y/o matricería

310010

Fabricación de muebles y partes de muebles, principalmente de madera

390000

Descontaminación y otros servicios de gestión de residuos

432190

Instalación, ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas, electromecánicas y electrónicas n.c.p.

432200

Instalaciones de gas, agua, sanitarios y de climatización, con sus artefactos conexos

433010

Instalaciones de carpintería, herrería de obra y artística

433020

Terminación y revestimiento de paredes y pisos

433030

Colocación de cristales en obra

433040

Pintura y trabajos de decoración

452101

Lavado automático y manual de vehículos automotores

452210

Reparación de cámaras y cubiertas

452220

Reparación de amortiguadores, alineación de dirección y balanceo de ruedas

452300

Instalación y reparación de parabrisas, lunetas y ventanillas, cerraduras no eléctricas y grabado de cristales

452401

   Reparaciones eléctricas del tablero e instrumental, reparación y recarga de baterías, instalación de alarmas, radios,
sistemas de climatización

452500

Tapizado y retapizado de automotores

452600

Reparación y pintura de carrocerías, colocación y reparación de guardabarros y protecciones exteriores

452700

Instalación y reparación de caños de escape y radiadores

452800

Mantenimiento y reparación de frenos y embragues

452910

Instalación y reparación de equipos de GNC

452990

Mantenimiento y reparación del motor n.c.p., mecánica integral

453210

Venta al por menor de cámaras y cubiertas

453220

Venta al por menor de baterías

453291

Venta al por menor de partes, piezas y accesorios nuevos n.c.p.

453292

Venta al por menor de partes, piezas y accesorios usados n.c.p.

454020

Mantenimiento y reparación de motocicletas

471130

Venta al por menor en minimercados

471190

Venta al por menor en kioscos, polirrubros y comercios no especializados n.c.p.

471900

Venta al por menor en comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas

472111

Venta al por menor de productos lácteos

472112

Venta al por menor de fiambres y embutidos

472120

Venta al por menor de productos de almacén y dietética

472130

Venta al por menor de carnes rojas, menudencias y chacinados frescos

472140

Venta al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza

472150

Venta al por menor de pescados y productos de la pesca

472160

Venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas

472171

Venta al por menor de pan y productos de panadería

472172

Venta al por menor de bombones, golosinas y demás productos de confitería

472190

Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p., en comercios especializados

472200

Venta al por menor de bebidas en comercios especializados

472300

Venta al por menor de tabaco en comercios especializados

474010

Venta al por menor de equipos, periféricos, accesorios y programas informáticos

474020

Venta al por menor de aparatos de telefonía y comunicación

475110

Venta al por menor de hilados, tejidos y artículos de mercería

475120

Venta al por menor de confecciones para el hogar

475190

Venta al por menor de artículos textiles n.c.p. excepto prendas de vestir

475210

Venta al por menor de aberturas

475220

Venta al por menor de maderas y artículos de madera y corcho, excepto muebles

475230

Venta al por menor de artículos de ferretería y materiales eléctricos

475240

Venta al por menor de pinturas y productos conexos

475250

Venta al por menor de artículos para plomería e instalación de gas

475260

Venta al por menor de cristales, espejos, mamparas y cerramientos

475270

Venta al por menor de papeles para pared, revestimientos para pisos y artículos similares para la decoración

475290

Venta al por menor de materiales de construcción n.c.p.

475300

Venta al por menor de electrodomésticos, artefactos para el hogar y equipos de audio y video

475410

Venta al por menor de muebles para el hogar, artículos de mimbre y corcho

475420

Venta al por menor de colchones y somieres

475430

Venta al por menor de artículos de iluminación

475440

Venta al por menor de artículos de bazar y menaje

475490

Venta al por menor de artículos para el hogar n.c.p.

476110

Venta al por menor de libros

476120

Venta al por menor de diarios y revistas

476130

Venta al por menor de papel, cartón, materiales de embalaje y artículos de librería

476200

Venta al por menor de CD's y DVD's de audio y video grabados

476310

Venta al por menor de equipos y artículos deportivos

476320

Venta al por menor de armas, artículos para la caza y pesca

476400

Venta al por menor de juguetes, artículos de cotillón y juegos de mesa

477110

Venta al por menor de ropa interior, medias, prendas para dormir y para la playa

477120

Venta al por menor de uniformes escolares y guardapolvos

477130

Venta al por menor de indumentaria para bebés y niños

477140

Venta al por menor de indumentaria deportiva

477150

Venta al por menor de prendas de cuero

477190

Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir n.c.p.

477210

Venta al por menor de artículos de talabartería y artículos regionales

477220

Venta al por menor de calzado, excepto el ortopédico y el deportivo

477230

Venta al por menor de calzado deportivo

477290

Venta al por menor de artículos de marroquinería, paraguas y similares n.c.p.

477310

Venta al por menor de productos farmacéuticos y de herboristería

477320

Venta al por menor de productos cosméticos, de tocador y de perfumería

477410

Venta al por menor de artículos de óptica y fotografía

477420

Venta al por menor de artículos de relojería y joyería

477430

Venta al por menor de bijouterie y fantasía

477440

Venta al por menor de flores, plantas, semillas, abonos, fertilizantes y otros productos de vivero

477450

Venta al por menor de materiales y productos de limpieza

477460

Venta al por menor de fuel oil, gas en garrafas, carbón y leña

477470

Venta al por menor de productos veterinarios, animales domésticos y alimento balanceado para mascotas

477480

Venta al por menor de obras de arte

477490

Venta al por menor de artículos nuevos n.c.p.

477810

Venta al por menor de muebles usados

477820

Venta al por menor de libros, revistas y similares usados

477830

Venta al por menor de antigüedades

477840

Venta al por menor de oro, monedas, sellos y similares

477890

Venta al por menor de artículos usados n.c.p. excepto automotores y motocicletas

478010

Venta al por menor de alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados

478090

Venta al por menor de productos n.c.p. en puestos móviles y mercados

479900

Venta al por menor no realizada en establecimientos n.c.p.

492120

Servicios de transporte automotor de pasajeros mediante taxis y remises, alquiler de autos con chofer

492180

Servicio de transporte automotor turístico de pasajeros

492280

Servicio de transporte automotor urbano de carga n.c.p.

530090

Servicios de mensajerías.

561011

Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo

561012

Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo

561013

Servicios de "fast food" y locales de venta de comidas y bebidas al paso

561014

Servicios de expendio de bebidas en bares

561019

Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p.

561020

Servicios de preparación de comidas para llevar

561030

Servicio de expendio de helados

561040

Servicios de preparación de comidas realizadas por/para vendedores ambulantes.

562091

Servicios de cantinas con atención exclusiva a los empleados o estudiantes dentro de empresas o establecimientos educativos.

562099

Servicios de comidas n.c.p.

611010

Servicios de locutorios

791100

Servicios minoristas de agencias de viajes

791901

Servicios de turismo aventura

791909

Servicios complementarios de apoyo turístico n.c.p.

812090

Servicios de limpieza n.c.p.

813000

Servicios de jardinería y mantenimiento de espacios verdes

821900

Servicios de fotocopiado, preparación de documentos y otros servicios de apoyo de oficina

855000

Servicios de apoyo a la educación

900021

Composición y representación de obras teatrales, musicales y artísticas

931050

Servicios de acondicionamiento físico

931090

Servicios para la práctica deportiva n.c.p.

951100

Reparación y mantenimiento de equipos informáticos

951200

Reparación y mantenimiento de equipos de telefonía y de comunicación

952100

Reparación de artículos eléctricos y electrónicos de uso doméstico

952200

Reparación de calzado y artículos de marroquinería

952300

Reparación de tapizados y muebles

952910

Reforma y reparación de cerraduras, duplicación de llaves. Cerrajerías

952920

Reparación de relojes y joyas. Relojerías

952990

Reparación de efectos personales y enseres domésticos n.c.p.

960101

Servicios de limpieza de prendas prestado por tintorerías rápidas

960102

Lavado y limpieza de artículos de tela, cuero y/o de piel, incluso la limpieza en seco

960201

Servicios de peluquería

960202

Servicios de tratamiento de belleza, excepto los de peluquería

960910

Servicios de centros de estética, spa y similares

960990

Servicios personales n.c.p.

Vigencia: 31/05/2022

Aplicación: 01/06/2022