Memorandum 107-2021

25 de Agosto

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

 

EMPRESAS DE TRANSPORTE PÚBLICO. ACREDITACIÓN, DEVOLUCIÓN Y/O TRANSFERENCIA DEL SALDO A FAVOR TÉCNICO

Se extiende el plazo para el suministro de información adicional.
A través de la Resolución General (AFIP) 5051 (B.O. 23/08/2021), la Administración Federal de Ingresos Públicos resuelve, extender hasta el día 31 de diciembre de 2021, inclusive, la fecha límite para suministrar la información adicional dispuesta por el segundo párrafo del artículo 20 de la Resolución General N° 4.761 y sus complementarias, a los efectos de complementar las solicitudes tramitadas en las condiciones del Anexo II de dicha norma.
Vigencia: 23/08/2021

 

 

 

 

 

SEGURIDAD SOCIAL

 

REPRO II - PLAZO DE INSCRIPCIÓN Y CRITERIOS DE PRESELECCIÓN PARA AGOSTO 2021

El Ministerio de Trabajo establece el plazo para la inscripción al “programa REPRO II” y al “Programa De Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” para el período correspondiente a los salarios devengados de Agosto de 2021. Asimismo, se determinan los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio REPRO II.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante su Resolución (MTESS)  488/2021 (B.O. 23/8/2021) establece el plazo para la inscripción al “Programa REPRO II”, creado por Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 938/20 y sus modificatorias y complementarias, para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de Agosto de 2021, el cual estará comprendido entre el 25 de Agosto y el 31 de Agosto de 2021 inclusive.
Asimismo se establecen las  pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle:
a. Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Julio de 2019 y Julio de 2021.
b. Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
c. Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Julio 2021.
d. Corte de actualización de bajas de nómina: 24 de Agosto
e. Corte de actualización CBU: 23 de Agosto inclusive
La citada resolución del MTESS también establece  el plazo para la inscripción al “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos”, creado por Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N°201 del 19 de abril de 2021 y sus modificatorias, para el período correspondiente al mes de Agosto de 2021, el cual estará comprendido entre el 25 de Agosto al 31 de Agosto de 2021 inclusive.
Respecto del “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos” se establecen las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, de acuerdo al siguiente detalle
a. Presentar una reducción de la facturación superior al veinte por ciento (20%) en términos reales, para el periodo comprendido entre Julio 2021 y Julio 2019.
b. Periodo de referencia de pagos a acreditar:
-Autónomos de 12/2020 hasta 06/2021
-Monotributo de 1/2021 hasta 7/2021
Vigencia: 23/08/2021