Memorandum 100-2021

04 de Agosto

PROCEDIMIENTO FISCAL

 

PRESENTACIONES Y/O COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS

AFIP extendió el plazo para la utilización de presentaciones digitales, la eximición de registrar datos biométricos, el blanqueo de clave fiscal por cajeros automáticos y la posibilidad de acreditar carácter de apoderados o representantes mediante el servicio Presentaciones Digitales.
Mediante la Resolución General 5038 (B.O. 30/7/2021) la AFIP dispuso la postergación, hasta el 31/8/2021 de distintas normas, cuya identificación exponemos a continuación:
-La utilización obligatoria del servicio con clave fiscal denominado “Presentaciones Digitales” (R.G. 4503).
-Presentaciones y/o comunicaciones electrónicas en el ámbito de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social (Resolución General N° 4.685).
-Contribuyentes y responsables obligados a registrar sus datos biométricos, de conformidad con lo establecido por la Resolución General N° 2.811, su modificatoria y sus complementarias, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran (Resolución General N° 4.699 y su modificatoria).
-Efectuar el blanqueo de la Clave Fiscal, a efectos de obtener el Nivel de Seguridad 3 requerido para acceder a determinados servicios informáticos del Organismo, a través de los cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias (Resolución General N° 4727 1er. Artículo 1ro.).
-Sujetos que requieran acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas, a los fines de revestir la condición de administrador de relaciones de las mismas, conforme a lo previsto por la Resolución General N° 3.713, sus modificatorias y complementarias, suministren la documentación necesaria mediante la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” (Resolución General N° 4727 Artículo 2°).
Vigencia: 30/8/2021

 

 

 

 

 

IMPUESTOS LOCALES (CIUDAD DE BUENOS AIRES)

INGRESOS BRUTOS. VENCIMIENTO DECLARACIÓN JURADA 2020

Se establecen las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del período fiscal 2020, por parte de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En este sentido la resolución dispone lo siguiente:
A través de la Resolución N° 1128 (B.O. 28/7/2021) la DGR establece, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020, respecto de aquellos contribuyentes que tributan bajo la Categoría Locales, según se detalla a continuación:

DDJJ Anual de ISIB Categorías Locales - Período Fiscal 2020

D.V. CUIT

0 y 1

2 y 3

4 y 5

6 y7

8 y 9

FECHA

20/09/2021

21/09/2021

22/09/2021

23/09/2021

24/09/2021

Vigencia: 28/7/2021
Aplicación: a partir del 5/8/2021