Memorandum 60-2020

11 de Abril

SEGURIDAD SOCIAL

COVID-19 - APORTES Y CONTRIBUCIONES PATRONALES SITUACION DEVENGADO MES DE MARZO 2020
En plena cuarentena por la Pandemia del Coronavirus y los feriados de Semana Santa nos encontramos ante la necesidad de plantear, lo más claramente posible, las obligaciones (y desafíos) que deben enfrentar los empleadores para cumplir con las presentaciones y pagos de sus obligaciones con la Seguridad Social, Obras Sociales, Sindicatos y Ley de Riesgos de Trabajo.

 

Vencimiento presentación declaraciones juradas mensuales y su pago
Con carácter excepcional se prorrogan los vencimientos mensuales:

TERMINACIÓN CUIT

FECHA

0, 1, 2 y 3

16/4/2020

4, 5 y 6

17/4/2020

7, 8 y 9

20/4/2020

 

Con esta fecha de vencimiento deben abonarse:

1. Aportes y Contribuciones con destino a las Obras Sociales.

2. Aportes de los trabajadores a la Seguridad Social.

3. Aportes sindicales, y sus derivados de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT).

4. Contribuciones Patronales originadas en el cumplimiento de obligaciones de un CCT.

5. Pago a las ART de las cuotas contractuales convenidas oportunamente.

6. Seguro de vida obligatorio (SVO)

7. Contribuciones a la seguridad social:

CONCEPTO

NORMA LEGAL

CONTRIBUCIÓN PATRONAL
LEY 27541

ART. 19, INC. A)

ART. 19, INC. B)

- Asignaciones familiares

L. 24714 (art. 5)

5,40%

4,70%

- Fondo Nacional de Empleo

L. 24013 [art. 145, inc. a) y art. 146]

1,08%

0,94%

- INSSJP

L. 19032 (arts. 1 y 9)

1,57%

1,59%

 

Se prorroga por 60 días el ingreso la contribución patronal al Sistema Integrado Previsional Argentino


TERMINACIÓN CUIT

FECHA

0, 1, 2 y 3

16/6/2020

4, 5 y 6

17/6/2020

7, 8 y 9

18/6/2020

 

Con esta fecha de vencimiento deberán abonarse:


CONCEPTO

NORMA LEGAL

CONTRIBUCIÓN PATRONAL
LEY 27541

ART. 19, INC. A)

ART. 19, INC. B)

- Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)

L. 24241(art. 11)

12,35%

10,77%

 

Si no se publica una nueva versión del aplicativo, la única forma de efectuar el pago en las fechas cercanas de vencimientos (16 al 20/04/2020) de todas obligaciones previsionales y de ART emergentes de la Declaración mensual (Form. 931) será determinando en papeles de trabajo los montos a ingresar restando las Contribuciones SIPA que se porrogan y generar un “VEP” por el monto neto determinado.


Inscripción en el servicio web AFIP “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”
Además, recordamos que para tener acceso a los beneficios previstos en el Decreto 332/2020, tal como la prórroga mencionada precedentemente, se deberá ingresar a la página web de AFIP con clave fiscal y:

- Registrarse en el servicio web entre el 9 y 15 de abril;

- Suministrar, entre los días 13 y 15, la información que el servicio web requiera.

La falta de registración resulta excluyente para la obtención de cualquiera de aquellos que se soliciten o puedan solicitarse en el futuro (postergación o reducción de contribuciones SIPA, asignación compensatoria a salarios y asistencia REPRO para empresas de más de 100 trabajadores).