Memorandum 19-2020
RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES IMPOSITIVAS, ADUANERAS Y SEGURIDAD SOCIAL
A través de la Resolución General N° 4667 (B.O. 31/1/2020), La administración Federal de Ingresos Públicos reglamentó la Moratoria establecida en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para las MiPyMES , MONOTRIBUTISTAS, AUTÓNOMOS Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO, por obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, estableciendo además la condonación de los intereses, multas y demás sanciones.
A continuación, reseñamos las principales normas:
- Se deberá obtener el certificado MiPyMES, para aquellos que no lo posean, hasta el 30/4/2020.
- El ingreso se efectuará a los seis (6) meses, venciendo la primera cuota el 16 de julio de 2020, para los que adhieran hasta el mes de marzo de 2020 y para aquellos que adhieran durante el mes de abril, la primera cuota vencerá en mayo de 2020.
- Los tipos de planes que correspondan, serán encuadrados, según le contribuyente y la obligación que se pretenda regularizar.
TIPO DE DEUDA |
TIPO DE SUJETO |
MES DE CONSOLIDACIÓN |
||||||||
FEBRERO |
MARZO |
ABRIL |
||||||||
Pago a cuenta |
Cuotas |
1ra. cuota |
Pago a cuenta |
Cuotas |
1ra. cuota |
Pago a cuenta |
Cuotas |
1ra. cuota |
||
Impuestos, Contribuciones de Seguridad Social, Autónomos y Monotributo |
Micro y entidades civiles s/ fines de lucro |
0% |
120 |
jul-20 |
0% |
120 |
jul-20 |
0% |
90 |
may-20 |
Pequeña y Mediana T1 |
1% |
120 |
jul-20 |
1% |
120 |
jul-20 |
3% |
90 |
may-20 |
|
Mediana T2 |
2% |
120 |
jul-20 |
2% |
120 |
jul-20 |
5% |
90 |
may-20 |
|
Condicionales |
5% |
120 |
jul-20 |
5% |
120 |
jul-20 |
5% |
90 |
may-20 |
|
Aportes de Seguridad Social, Retenciones y Percepciones Impositivas y de los Recursos de la Seguridad Social |
Micro y entidades civiles s/ fines de lucro |
0% |
60 |
jul-20 |
0% |
60 |
jul-20 |
0% |
40 |
may-20 |
Pequeña y Mediana T1 |
1% |
60 |
jul-20 |
1% |
60 |
jul-20 |
3% |
40 |
may-20 |
|
Mediana T2 |
2% |
60 |
jul-20 |
2% |
60 |
jul-20 |
5% |
40 |
may-20 |
|
Condicionales |
5% |
60 |
jul-20 |
5% |
60 |
jul-20 |
5% |
40 |
may-20 |
|
Obligaciones Aduaneras |
Micro y entidades civiles s/ fines de lucro |
0% |
120 |
jul-20 |
0% |
120 |
jul-20 |
0% |
90 |
may-20 |
Pequeña y Mediana T1 |
1% |
120 |
jul-20 |
1% |
120 |
jul-20 |
3% |
90 |
may-20 |
|
Mediana T2 |
2% |
120 |
jul-20 |
2% |
120 |
jul-20 |
5% |
90 |
may-20 |
|
Condicionales |
5% |
120 |
jul-20 |
5% |
120 |
jul-20 |
5% |
90 |
may-20 |
- Se podrá ingresar a la moratoria a partir del 17 de febrero y hasta el 30 de abril.
- Cuando se opte por la compensación con saldos de libre disponibilidad, opción, la adhesión se realizará a través del sistema de Cuentas Tributarias o por “Mis Facilidades, opción “Regularización Excepcional – Ley N° 27541” para todos.
- Los planes de pago tendrán las siguientes características.
- Monto mínimo de capital y cuota: $ 1000.-
- La tasa de interés mensual será: del 3% para cuotas con vencimiento hasta el mes de enero de 2021, inclusive y para los meses de febrero y siguientes, la tasa será variable.
- Se debe generar el VEP a través de “Mis Facilidades”.
- Las cuotas serán mensuales y consecutivas.
- L a fecha de consolidación será la del ingreso del pago a cuenta o presentación del plan, según corresponda.
- La presentación del plan será comunicada al contribuyente a través del domicilio fiscal electrónico.
- Se podrán financiar deudas vencidas al 30 de noviembre de 2019 y refinanciar planes vigentes.
- Los embargos y medidas cautelares continúan suspendidas.
- A los fines de obtener la condonación prevista en la ley, entre otras se establece que no debe incurrir en incumplimiento grave.
Al respecto la AFIP define como incumplimiento grave, la existencia de condena firme por alguno de los delitos previsto en la ley penal tributaria y el Código Aduanero, recaída sobre titulares de planes de facilidades de pago vigentes acordados en los términos de la ley, por obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019, inclusive, y no regularizadas en dicho régimen.
- Se podrán refinanciar los planes de facilidades de pago vigentes, el pago a cuenta, de corresponder, la cantidad máxima de cuotas y el mes de vencimiento de la primera cuota del plan será, según el tipo de contribuyente y el mes de vencimiento de la primera cuota.
TIPO DE DEUDA |
TIPO DE SUJETO |
MES DE CONSOLIDACIÓN |
||||||||
FEBRERO |
MARZO |
ABRIL |
||||||||
Pago a cuenta |
Cuotas |
1ra. cuota |
Pago a cuenta |
Cuotas |
1ra. cuota |
Pago a cuenta |
Cuotas |
1ra. cuota |
||
Refinanciación de Planes de Facilidades de Pago Vigentes |
Micro y entidades civiles sin fines de lucro |
0% |
120 |
mar-20 |
0% |
120 |
abr-20 |
0% |
90 |
may-20 |
Pequeña y Mediana T1 |
1% |
120 |
mar-20 |
1% |
120 |
abr-20 |
3% |
90 |
may-20 |
|
Mediana T2 |
2% |
120 |
mar-20 |
2% |
120 |
abr-20 |
5% |
90 |
may-20 |