Memorandum 130-2020

30 de Septiembre

PROCEDIMIENTO FISCAL

PAGO POR TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS PARA DETERMINADAS OPERACIONES ANTE LA AFIP

 

Mediante la Resolución General N° 4821 (B.O. 28/9/2020) la AFIP habilita el pago por transferencia electrónica de fondos para el ingreso de los aranceles correspondientes al diligenciamiento de oficios y aranceles aduaneros
La AFIP establece que el ingreso del arancel no tributario correspondiente al diligenciamiento de oficios como así también de los aranceles aduaneros podrá realizarse por transferencia electrónica de fondos, mediante la confección de un VEP.
Recordamos que la AFIP dispone el pago de aranceles o ingreso de conceptos no tributarios que deben realizar los contribuyentes, responsables y demás sujetos que efectúen determinados trámites ante el Organismo, entre los que se encuentra comprendido el correspondiente a la tramitación y contestación de oficios y solicitudes de informes realizadas por terceros.
Vigencia: 28/09/2020
REGÍMENES DE FACILIDADES DE PAGO
Mediante la Resolución General N° 4822 (B.O. 29/09/2020) AFIP prorroga hasta el 31/10/2020 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente con relación a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.(R.G. 4268).
En consecuencia corresponde sustituir en los cuadros referidos a “CANTIDAD DE PLANES, CUOTAS Y TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN” del Anexo II de la Resolución General N° 4.268, sus modificatorias y su complementaria, la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 30/09/2020”, por la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 31/10/2020”.
Vigencia: 29/09/2020


 

NUEVOS VENCIMIENTOS

A través de la Resolución General 4823 (B.O. 29/9/2020) la AFIP dispuso un nuevo vencimiento hasta el 31/10/2020, para las siguientes obligaciones:

-Utilización obligatoria de la modalidad “Presentaciones Digitales” (Resolución General N° 4.503), para la realización de determinados trámites y gestiones ante la Administración Federal.
-A los contribuyentes y responsables de la obligación de registrar sus datos biométricos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran (Resolución General N° 4699).
-Los que deban efectuar el blanqueo de la Clave Fiscal, a efectos de obtener el Nivel de Seguridad 3 requerido para acceder a determinados servicios informáticos del Organismo, a través de los cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias (Resolución General N° 4727).
- Los sujetos que requieran acreditar el carácter de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas, a los fines de revestir la condición de administrador de relaciones de las mismas, suministren la documentación necesaria mediante la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”.(Resolución General N° 4727).
Vigencia: 29/09/2020


 

PROGRAMA DE ASISTENCIA AL TRABAJO

 

Con el dictado de la RG (AFIP) 4824 (B.O 29/09/2020) la AFIP habilitó oficialmente la operatividad del servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP” desde el 28 de setiembre hasta el 2 de octubre, ambas fechas inclusive, para que los empleadores puedan inscribirse y solicitar los beneficios del programa citado para el mes de setiembre 2020.
Vigencia: 29/9/2020
Aplicación: desde el 27/9/2020