Memorandum 12-2020
REGIMENES DE PROMOCIÓN
RÉGIMEN DE INCENTIVO FISCAL PARA BIENES DE CAPITAL, INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES. PRÓRROGA DEL RÉGIMEN AL 31/12/2020
A través del Decreto N° 96/2020 se prorroga la vigencia del Decreto N° 379/2001 que creó un Régimen de Incentivos para los fabricantes de bienes de capital (Partidas establecidas en la Resolución N° 8/2001 – M.E.), que contaren con establecimientos industriales radicados en el territorio nacional.
Además la norma estableció como beneficio un bono de crédito fiscal transferible.
En consecuencia el citado Decreto N° 96, modifica a su similar 379/2001 de la siguiente forma:
- Establece para la emisión de créditos fiscales por facturas emitidas hasta el 31/12/2020, inclusive, el beneficio será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor que resulte de la sumatoria de los siguientes componentes aplicables al valor de los bienes:
a) Seis por ciento del importe que resulte de detraer del precio de venta el valor de los insumos, partes o componentes de origen importado incorporados al bien, que hubiera sido nacionalizado con un derecho de importación superior a cero por ciento (0%).
b) Ocho por ciento del importe que resulte de detraer del precio de venta el valor de los insumos, partes o componentes de los bienes y el valor de los insumos importados con la condición del punto precedente.
- Para las solicitudes de emisión de bonos efectuadas por MyPyMES registradas, respecto de las facturas emitidas hasta el 31/12/2020, inclusive, el beneficio será el equivalente al sesenta por ciento de la sumatoria de los valores de los puntos a) y B) precedentes.
- Adicionalmente, el beneficio que resulte de la aplicación de 1) y 2) podrá ser incrementado hasta en un quince por ciento de su cuantía, en la medida que acrediten, con cada solicitud, la realización de inversiones destinadas a la mejora de la productividad, la calidad y la innovación en procesos y productos.
- A tales efectos se podrán computar hasta el equivalente al setenta por ciento del valor de las inversiones, facturadas y efectuadas a partir del 1/1/2019 y acreditadas ante los Organismos competentes.
- Se podrá solicitar la emisión del bono fiscal hasta el 31/3/2021, siempre que las facturas hayan sido emitidas por el beneficiario hasta el 31/12/2020, inclusive, y las mismas no cuenten con más de un (1) año.
- Vigencia: desde el 1/1/2020 hasta el 31/12/2020, ambas inclusive.
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. CABA
SERVICIOS DIGITALES PRESTADOS POR SUJETOS NO RESIDENTES EN EL PAÍS (R. 312/2019- AGIP). PRÓRROGA DEL RÉGIMEN DE LIQUIDACIÓN Y PAGO.
A través de la Resolución N° 24/2020 la AGIP dispuso la prórroga de la entrada en vigencia del régimen de liquidación y pago sobre los ingresos brutos por servicios digitales prestados por sujetos no residentes en el país (R. 312/2019), hasta el 01/04/2020.