Memorandum 51-2019

10 de Septiembre

NUEVA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA FIRMA DIGITAL

 

A través de la Resolución General 4575 (B.O. 09/09/2019) se establece que los certificados digitales que se hayan emitido de conformidad con lo previsto por la resolución general 2651 tendrán validez hasta el día 10 de setiembre de 2019, inclusive.
Con posterioridad a dicha fecha, solo resultarán válidos los certificados que se emitan de acuerdo a las disposiciones de la Secretaría de Modernización Administrativa dependiente de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, derogándose la Resolución General 2651.
Cuando al gestionar el certificado digital en los términos establecidos por la normativa de la Secretaría de Modernización Administrativa dependiente de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el solicitante seleccione como Autoridad de Registro a la AFIP a fin de cumplir con el procedimiento de identificación y autenticación, previo a concurrir a la dependencia del Organismo Fiscal, deberá solicitarse un turno vía “web” .
Toda norma vigente que haga referencia al certificado digital emitido por la Autoridad Certificante de la AFIP en el marco de la resolución general 2651, deberá entenderse referido al certificado digital emitido por la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (AC ONTI) o por la Autoridad Certificante AC Modernización-PFDR, cuyas funciones son administradas por la Dirección Nacional de Tramitación e Identificación a Distancia de la Subsecretaría de Gestión Administrativa dependiente de la Secretaría de Modernización Administrativa de la Secretaría de Gobierno de Modernización.
Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día 09/09/2019.